La tecnología es capaz de crear valores económicos y generar beneficios para investigadores e innovadores, y sus resultados son manejados como elemento patrimonial de aquellos, y por tanto, susceptibles de protección jurídica bajo la forma de exclusividad en la explotación.
Las transferencias de tecnología se realizan en el mercado, de acuerdo a la oferta y la demanda, bajo forma de relaciones jurídicas de tipo mercantil, utilizando las figuras de contratos de cesión y concesión.
Cuando una persona pretende poner en funcionamiento una planta o resolver un problema de carácter técnico que surge en la producción o capacitar su personal o modernizar sus instalaciones, y no puede hacerlo por sí mismo, porque no cuenta con los elementos que requieren para ello, se dice que está interesado en adquirir tecnología.
A un industrial lo que le interesa es comprar un paquete de conocimientos técnicos patentados o no, el cuál, puede incluir asistencia técnica, instrucciones sobre mercadeo de los productos, autorización para usar una marca, entre otros, y esto es lo que se refiere la tecnología. Existen diversas formas para obtener tecnología, aunque la más usual es adquirirla de quien la posee, a través de la celebración de un contrato.
El contrato de transferencia de tecnología puede definirse de la siguiente manera:
Es el acuerdo de voluntades por medio del cual una de las partes, llamada proveedor transmite a otra que se denomina receptora un conjunto de conocimientos organizados para la producción industrial.
Las características del contrato de transferencia de tecnología son:
• Suele celebrarse entre sujetos de diferente nacionalidad,
• Las partes que lo celebran no guardan entre sí una relación de igualdad, sino de desigualdad, ya que el proveedor suele contar con más y mejores recursos técnicos, financieros y humanos que el adquirente,
• Este contrato está sometido a una regulación jurídica específica, y
• Los contratos deben constar por escrito.
De acuerdo con la Secretaría de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), la tecnología asume cualquiera de las siguientes formas:
• Bienes de capital o bienes intermedios (en este caso incorporada a ellos)
• Trabajo humano (mano de obra a veces muy calificada y especializada)
• Información, generalmente de carácter técnico.